Se podrán solicitar ayudas, con cargo al ejercicio presupuestario 2025, para realizar estancias en proyectos de cooperación internacional para el desarrollo:
a) Que se encuentren ofertados en la relación de plazas que acompaña a las bases de esta convocatoria (Anexo 1)
b) Que, a propuesta de la persona solicitante, se ajusten al objeto de esta convocatoria y cumplan los requisitos de duración de la estancia y países de destino que se recogen en las bases I, II y III. En este segundo caso, el/la solicitante deberá presentar la información relativa a su propuesta de plaza conforme al Anexo 3.
2.- Los proyectos de cooperación internacional para el desarrollo en los que participarán las personas beneficiarias de las ayudas se desarrollarán en los países priorizados para la cooperación andaluza, recogidos en el III Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo 2020-2023 aún vigente: Burkina Faso, Guinea Bissau, Haití, Mali, Mauritania, Mozambique, República Democrática del Congo, Senegal, Togo, Bolivia, Colombia, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, Marruecos, Nicaragua, Paraguay, Perú, República Dominicana, Costa Rica, Panamá, Túnez, Palestina y Población Saharaui.
3.- Además, se podrán realizar estancias para participar en proyectos en otros países receptores de Ayuda Oficial al Desarrollo no incluidos en el listado anterior, o en campos de personas refugiadas de países no receptores de ayuda.
4.- Las estancias serán de un mínimo de 45 días, y durante las mismas se desarrollarán actividades de voluntariado vinculadas con los estudios del alumnado participante.
5.- El importe de las ayudas será unitario (para el periodo total de la estancia) y estará condicionado por el país de destino y la duración de la estancia. En el caso de las plazas ofertadas por la Oficina de Cooperación al Desarrollo, dicho importe se indica en la relación de plazas (Anexo 1). Para las plazas propuestas por las personas solicitantes, en caso de concederse la ayuda, se les asignará un importe siguiendo los mismos criterios empleados en el cálculo de los importes de las plazas ofertadas. Al importe de las ayudas concedidas se le aplicará la retención por IRPF que legalmente corresponda.
Podrá participar en la presente convocatoria el alumnado de grado o postgrado de centros propios de la Universidad de Sevilla matriculado en alguna titulación oficial o Máster de Formación
Permanente durante el curso 2024/2025. Las personas beneficiarias deben estar matriculadas en la Universidad de Sevilla durante el desarrollo de la estancia y hasta su finalización.