Cómo formar parte de la CAONGD

si eres una organización1. Requisitos para ingresar en la CAONGD.

1.1. Para formar parte de la CAONGD es condición previa:

a) Poseer personalidad jurídica y capacidad legal, de acuerdo con legislación vigente.

b) Ser una entidad sin ánimo de lucro.

c) Reflejar en sus estatutos como fines de la entidad acciones en el ámbito de la cooperación al desarrollo y la solidaridad internacional.

d) Disponer de una estructura permanente y presencia activa en Andalucía.

e) Gozar de independencia institucional con respecto a otras públicas y/o privadas.

f) Que sus mecanismos de decisión sean claros y participativos y que promocionen la equidad de género.

g) Ser transparentes en su política, en sus prácticas y en sus presupuestos.

h) Cumplir con los requisitos exigibles por la legislación vigente en materia de asociaciones
y fundaciones.

i) Aceptar explícitamente y por escrito los estatutos de la CAONGD.

j) Aceptar explícitamente y por escrito y sin reservas el Código de Conducta de las ONGD.

k) Haber transcurrido al menos dos años desde su inscripción en el registro de asociaciones y fundaciones.

si eres un medio de comunicación2. Documentación para solicitar el ingreso.

2.1. Al objeto de formalizar la solicitud de ingreso como organización miembro, se deberán acompañar los siguientes documentos:

a) Carta de presentación y solicitud de ingreso dirigida a la Presidencia de la Coordinadora en la que conste expresamente:

  • La aceptación de la totalidad de los Estatutos de la CAONGD, así como los procedimientos de régimen interno.
  • La aceptación de la misión y visión de la CAONGD.
  • El compromiso de abonar la cuota anual que acuerde la Asamblea General, así como de cumplir con los compromisos financieros que se derivan de su pertenencia a la misma.
  • El compromiso de participar regularmente en las reuniones y actividades de la Coordinadora.
  • En caso de que la Entidad lleva a cabo Programas de intervención con Voluntariado se valorará positivamente la inscripción en el Registro de Entidades de Voluntariado.

b) Ejemplar de los Estatutos de la ONGD o Fundación, donde se de cuanta del cumplimiento de los requisitos previos.

c) Copia de la resolución de inscripción de la organización en el registro correspondiente, donde se muestre la fecha del reconocimiento legal de la misma.

d) Memoria de actividades, técnica y económica, correspondiente a los dos años anteriores a la solicitud de admisión en la CAONGD.

e) En caso de pertenecer a alguna Coordinadora provincial en Andalucía, certificado de pertenencia a la misma.

f) Certificado de la persona que ostente el cargo de Secretaría de la organización en el que conste:

  • Número de socios/as.
  • Datos de las sedes sociales y cantidad de personal laboral y/o voluntario dedicado directamente por la ONGD solicitante en la CAA.
  • Pertenencia a redes en la CAA, a nivel estatal e internacional.

g) Cartas originales de los responsables de dos organizaciones miembro de la CAONGD que avalen la candidatura de la organización solicitante. Las entidades avalistas deberán tener una antigüedad mínima de dos años como integrantes de la CAONGD.

h) Cualquier otra información adicional que estime oportuno solicitar la Comisión o
presentar la propia entidad solicitante.

Las coordinadoras provinciales estarán exentas de presentar la documentación referida en el punto g).

Si eres un profesional de la cooperación3. Tramitación de las solicitudes de ingreso y su aceptación o denegación por el Comité Ejecutivo

3.1. Las solicitudes de ingreso se presentarán a la Presidencia de la CAONGD, que informará al Comité Ejecutivo y a la Comisión de seguimiento del Código de Conducta de la CAONGD. La Comisión de Seguimiento del Código de Conducta a dichos efectos se reunirá con cada una de las entidades solicitantes, así como con sus avalistas, previo estudio de la documentación presentada por las mismas. La persona que acuda a la entrevista en representación de la organización avalista deberá tener conocimiento directo de la entidad que pretende la entrada, así como estar en disposición de responder adecuadamente a cuanta información le sea solicitada por los miembros de la Comisión.

La Comisión de Seguimiento del Código de Conducta presentará un informe al Comité Ejecutivo. Tras la comprobación por parte del Comité Ejecutivo de que las solicitudes debidamente formuladas cumplen con todos los requisitos y condiciones establecidas estatutariamente, y tras el análisis del informe de la Comisión de Seguimiento del Código de Conducta, se podrá aceptar o denegar la entrada.

3.2. Si se acepta la entrada por parte del Comité Ejecutivo, este enviará comunicación de la pre-aceptación de la solicitud de las organizaciones a las entidades miembros de la CAONGD, para su información y posibles alegaciones que pudieran realizar en un plazo no superior a quince días a partir del envío de la información. Pasado este plazo sin alegaciones, el Comité Ejecutivo dará su visto bueno a las entidades solicitantes.

3.3. La Asamblea General Ordinaria, convocada una vez al año, deberá refrendar, llegado el caso, la entrada de las organizaciones solicitantes. La organización solicitante, será nombrada en el punto correspondiente del orden del día, para presentarse ante la Asamblea y responder a aquellas cuestiones que pudiera plantear cualquiera de los miembros de la CAONGD. El refrendo se hará mediante votación secreta de los miembros de la CAONGD presentes en la Asamblea. Una vez terminado el recuento de votos, se considerará admitida la entidad si ha sido votada por, al menos el 50% de las entidades
presentes.

3.4. Los documentos para la solicitud de ingreso deberán haber sido registrados en la CAONGD, cuanto menos 3 meses antes de la celebración de la Asamblea General Ordinaria en la que haya de refrendarse la admisión de la entidad solicitante.

3.5. En el supuesto de que el Comité Ejecutivo no aceptara el ingreso, deberá comunicar por escrito a la organización solicitante y a sus avalistas, el motivo por el cual no ha sido aceptada. Esta comunicación se realizará con un plazo mínimo de un mes antes de la celebración de una Asamblea General. Frente al acuerdo de no admisión por la Junta de Gobierno de la solicitud de ingreso correspondiente, y al objeto de manifestar, en su caso, la disconformidad con la resolución adoptada, una o más de los miembros avalistas, podrán solicitar su inclusión en el orden del día de la siguiente Asamblea General, cuestión que el Comité Ejecutivo deberá consecuentemente tramitar como asunto a información y debate en la sesión correspondiente.

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