La función de compliance se basa en un sistema de gestión de indicadores que permite a las entidades gestionar los riesgos del incumplimiento normativo. Se trata de identificar formas de comportamiento y normas de conducta que fomenten la toma de decisiones en función de unos valores éticos y, a su vez, reduzcan el riesgo de incumplimiento normativo.
¿Qué especificidades tiene la función de compliance para las organizaciones del tercer sector?
Desde la perspectiva de las organizaciones del tercer sector la figura del cumplimiento normativo (o del Compliance) debería servir para cubrir tres funciones:
Poniendo el foco en la especificidad de los riesgos vinculados a nuestro ámbito o tipo de organizaciones podríamos dividirlos en tres categorías. Los delitos que más nos afectan como organizaciones del sector serían los relativos:
El desempeño de esta función supone para la organización una labor de autoconocimiento de los procesos internos de la organización y conocimiento del marco ético y legal. A partir de ahí, las organizaciones deberán implementar mecanismos para la detección, prevención y gestión de los posibles riesgos en relación con el cumplimiento de las obligaciones y el fortalecimiento de la estructura organizativa (gobierno corporativo, responsable o responsables específicos, implicación de toda la organización) vinculada al proceso que se desarrolle.
Se tiene la percepción de implementar un sistema de compliance es algo elaborado y de difícil cumplimiento. Sin embargo, las organizaciones del tercer sector, al trabajar estrechamente con la administración pública, ya tienen incorporado controles específicos. Es por ello, que la implementación de un sistema de compliance no es tanto implementar un nuevo sistema de control u organización, como analizar los controles existentes y adaptarlos a los nuevos requisitos legales.
En primer lugar, habría que valorar los pasos realizados por las organizaciones en todo lo referido al cumplimiento normativo. En este sentido, como organizaciones y como sector, podemos decir que hay un conocimiento generalizado de la legalidad vigente que nos incumbe (legislación laboral, de voluntariado, de contratación pública,…) y un cumplimiento de la misma.
En segundo lugar, la organización en cuestión deberá clarificar el mapa de los diferentes elementos de control que posee dentro de la normativa del Compliance, pudiendo así hablar de compliance legal, penal y ético. A partir de esta diferenciación habría que identificar las diferentes normas legales en cada uno de estos ámbitos y los diferentes riesgos de incumplimiento para la organización. Una vez avanzado este recorrido se trataría de incorporar normas de cumplimiento y normas de control, vigilancia y supervisión.
Esta formación pretende actualizar y mejorar el conocimiento de las organizaciones del Tercer Sector Social sobre cumplimiento normativo y la evolución de la normativa de obligado cumplimiento. Del mismo modo se proveerá información sobre la necesidad de mejorar la transparencia y la gestión interna de las organizaciones.
Inscripciones
Ponente: Enrique Mesa Pérez. Profesor Ayudante Doctor en el Departamento de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad Loyola Andalucía desde 2022. Realizó su tesis doctoral “Accounting and Risk Management in the age of Compliance” en el grupo de investigación Contabilidad y Cambio Social (ERGO) de la Universidad de Burgos. Dicha tesis recibió el premio extraordinario de tesis por la Universidad de Burgos. Su investigación se centra en el rol de la contabilidad en relación con dos áreas: el compliance y la Responsabilidad Social Corporativa.
Sede de la ASONGD| Sevilla C/Virgen del Mayor Dolor, 9
