La presente convocatoria tiene como objeto la financiación de intervenciones en materia de acción humanitaria, entendida como establece el artículo 13.1 de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, incluyendo la prevención y preparación ante desastres, la respuesta a emergencias, la atención a crisis complejas, crónicas y recurrentes, la recuperación temprana y la protección de personas en situación de especial vulnerabilidad. Se pueden presentar solicitudes en los países recogidos en Anexo 1 de la Resolución.
Las subvenciones permitirán financiar intervenciones dirigidas a la prevención y preparación ante desastres, la respuesta a emergencias, la atención a crisis complejas, crónicas o recurrentes, así como actuaciones de recuperación temprana y protección de personas en situación de especial vulnerabilidad.
Cada entidad podrá presentar un máximo de dos propuestas, ampliables a tres cuando una de ellas se dirija específicamente a promover la igualdad de género en la acción humanitaria.
Las propuestas seleccionadas podrán recibir subvenciones de entre 400.000 y 1.000.000 de euros.
