Entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general
Puede participar en esta convocatoria cualquier persona, grupo o colectivo, que cumpla los siguientes requisitos:
Residir en la comunidad autónoma andaluza.
Los cortometrajes deberán ceñirse a la temática del concurso. Se valorará la óptica feminista del film así como el uso de lenguaje e imágenes no sexista.
Cada persona, grupo o colectivo participante podrá presentar un máximo de tres obras.
La duración de la obra no será superior a 10 minutos incluidos los títulos de crédito.
Las obras pueden ser presentadas en cualquier idioma.
Todas las obras deberán estar subtituladas en español, independientemente del idioma de grabación o doblaje, con el fin de facilitar su comprensión para las personas con dificultades auditivas.
Al frente de cada grupo o colectivo constará una persona responsable en calidad de directora o director, que actuará como representante para cualquier cuestión relacionada con este Festival.
Entidades privadas para la realización de programas de la acción social.
Organizaciones que estén acogidas al régimen previsto en el Título II de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre (“Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al
mecenazgo”) y que realicen proyectos de defensa de la naturaleza, cooperación al desarrollo y ayuda humanitaria.
Los Ayuntamientos de Andalucía con concesión administrativa para la gestión del servicio público comunicación audiovisual radiofónica de ámbito local, o de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia.